La ley de autonomía universitaria prohíbe que las fuerzas de seguridad entren al edificio de educación pública nacional sin la orden de un juez.
En la provincia de Jujuy continúa la persecución contra los manifestantes que se oponen a la reforma constitucional exprés impulsada por el gobernador Gerardo Morales, que fue aprobada el 20 de junio entre gallos y medianoche.
En San Salvador, la Policía ingresó al rectorado de la Universidad Nacional de Jujuy, algo que está prohibido por la ley de autonomía universitaria, que indica que las fuerzas policiales no pueden entrar al edificio de una universidad pública nacional sin la orden de un juez.
Si bien no se produjeron detenciones, el propósito de la policía fue amedrentar a un grupo de docentes que en ese momento estaban convocándose para rechazar la reforma.
Mientras tanto, en Humahuaca se libraron 21 órdenes de detención en simultáneo por causas armadas por el delito de sedición, lesiones graves y secuestro de personas en el marco de las protestas contra la reforma constitucional.
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) denunció a través de su cuenta de Twitter que el gobierno de Morales «cumplió su amenaza de criminalizar a referentes sociales e indígenas».
#Jujuy
Allanan las casas de 22 personas que participaron de la marcha del 30/6 en Humahuaca. Se los acusa de delitos gravísimos como sedición y privación de la libertad, para que queden detenidas.El gobierno cumplió su amenaza de criminalizar a referentes sociales e indígenas.
— CELS (@CELS_Argentina) July 12, 2023
«La denuncia la hicieron algunos integrantes del Concejo Deliberante de Humahuaca que pretenden hacer pasar esa movilización por un intento de sedición y secuestro. La fiscalía y el juez deciden criminalizar la protesta social», indicó el CELS.
«Ese día la policía de Jujuy reaccionó reprimiendo a quienes se manifestaban: hubo personas heridas graves, entre ellas jóvenes que perdieron la visión», agregaron.
La Ley de Educación Superior Nº 24.521, sancionada y promulgada en 1995, en su artículo Nº 31, indica que las fuerzas de seguridad no pueden ingresar a las universidades nacionales sin una orden de un juez.
«La fuerza pública no puede ingresar en las instituciones universitarias nacionales si no media orden escrita previa y fundada de juez competente o solicitud expresa de la autoridad universitaria legítimamente constituida», señala el artículo.